Matrimonio Civil


MATRIMONIO CIVIL
 

1.- Expediente Matrimonial

En primer lugar los interesados deberán dirigirse al Registro Civil o Juzgado de Paz de Valencina de la Concepción para la instrucción del expediente matrimonial (Avenida de Andalucía, 26), donde le indicarán la documentación exigida. Los interesados deberán comunicar su deseo de celebrar la ceremonia en el Ayuntamiento de Valencina.

2.-Solicitud en el Ayuntamiento

Se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud cumplimentada y firmada por los dos interesados.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte en vigor, de los dos contrayentes y de dos testigos mayores de edad.
  • Certificado de Empadronamiento de alguno de los contrayentes, no imprescindible, pero justificando que es vecino del pueblo se beneficiará de un 50% en el importe de las tasas a abonar.
  • Justificante del abono de dichas tasas.  El importe dependerá del día y hora elegidos para la celebración. 

3.-Presentación de solicitud y designación de fecha

Los interesados deberán presentar la solicitud junto con la documentación citada en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza Ntra. Sra. de la Estrella, 1, teléfono 955721720). Legalmente es el alcalde quien actúa como Oficiante del  matrimonio civil, salvo que en la solicitud los interesados soliciten por motivos particulares,  que la ceremonia sea oficiada por algún concejal conocido y componente del Grupo de Gobierno.  De esta forma, a instancia de los solicitantes, el Alcalde delegará mediante Resolución en el concejal solicitado.

4.-Tasas y lugares establecidos para oficiar el acto del matrimonio

Enlaces civiles celebrados en la Casa Consistorial.
a) De lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas: 71,00 euros.
b) De lunes a viernes, de 18:00 a 21:00 horas: 101,40 euros.
c) Sábados, domingos y festivos: 152,10 euros.

Enlaces civiles celebrados en otras dependencias o lugares.
a) De lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas: 101,40 euros.
b) De lunes a viernes, de 18:00 a 21:00 horas: 152,10 euros.
c) Sábados, domingos y festivos: 202,80 euros.

Enlaces civiles celebrados en la Casa Consistorial u otras dependencias municipales oficiados por el Sr. Juez de Paz.
a) De lunes a viernes, de 9.00 a 13.00 horas: 71,00 euros.
b) De lunes a viernes, de 18.00 a 21.00 horas:  101,40 euros.
c) Sábados, domingos y festivos: 152,10 euros. 

5.-Exenciones y bonificaciones

Tal como se indica en el punto dos, cuando alguno de los contrayentes figuren inscritos en el Padrón municipal de habitantes y lo justifique con la presentación de un certificado de empadronamiento,  se les aplicará una bonificación del 50% en cualquiera de las tarifas que se indican en el artículo 6.º de la presente Ordenanza.

6.-Testigos

En el caso de que se produzca algún cambio de testigo, los contrayentes deberán aportar D.N.I. del nuevo testigo al menos dos días hábiles antes de la fecha prevista para la boda. No se podrán sustituir los testigos el mismo día de la celebración del acto.

7.-Día del acto

Los Contrayentes y los testigos deberán estar en el lugar previsto en la fecha y hora señaladas con la máxima puntualidad para el mejor desarrollo de los actos, y aportando documento original que los identifique indicado al principio: D.N.I  o Pasaporte.

8.-Acta de matrimonio y libro de familia

Una vez finalizado el acto, el Ayuntamiento remitirá  al Juzgado de Paz del Acta Matrimonial cumplimentada como signo de finalización del expediente.

Transcurrido el plazo de 10-15 días, los interesados podrán dirigirse al Juzgado de Paz donde podrán retirar el Libro de Familia.

9.-Solicitudes

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