El Ayuntamiento de Valencina pone en marcha un programa excepcional de ayudas destinadas a atender casos derivados del COVID-19

Servicios Sociales

El Ayuntamiento de Valencina pone en marcha un programa excepcional de ayudas destinadas a atender casos derivados del COVID-19

#Ciudadanía #Igualdad y Bienestar Social 27/05/2020

 El Ayuntamiento comenzará a recibir y gestionar las solicitudes presentadas desde el próximo 1 de junio de 2020, en horario de 9 a 14 horas. La solicitud podrá descargarse desde la web del Ayuntamiento. 
 
Más información en el teléfono 955721720 (extensión 104) para contactar con los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento. 
 
El Ayuntamiento de Valencina  de la Concepción ha puesto en marcha un Programa Excepcional de concesión de ayudas destinadas a atender de forma extraordinaria situaciones derivadas del Covid-19.  De este modo, según explica el alcalde, Antonio Manuel Suárez, “bucamos dar respuesta a situaciones de emergencia social y económica”, debidas al impacto de la pandemia del COVID-19, ya que la crisis sanitaria ha provocado “una paralización de numerosas actividades económicas y una crisis a nivel social y económico en numerosas unidades familiares”.
 
 
Podrán ser DESTINATARIAS de estas ayudas las personas que reúnan los siguientes requisitos: 
 
* Ser mayor de 18 años, estar emancipado legalmente o excepcionalmente aquellos menores que tengan a su cargo hijos/as, así como menores huérfanos de padre y madre.
 
* Tener empadronamiento y residencia habitual en el municipio de Valencina de la Concepción. 
 
* Pertenecer a una unidad familiar con ingresos en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, en el momento de valoración de la necesidad de la ayuda:
 
- Familia de 1 solo miembro: hasta 1,5 veces el IPREM: 806,76 €
 
- Familia de 2 miembros hasta 1,75 veces el IPREM: 941,22 €
 
- Familia de 3 o 4 miembros hasta 2 veces el IPREM: 1.075,68 €
 
- Familia de 5 o más miembros hasta 2,5 veces el PREM : 1.344,60 €
 
* Encontrarse en una situación de emergencia y necesidad social
 
A los efectos de las presentes ayudas, se entiende por unidad familiar todas las personas empadronadas y que convivan en el mismo domicilio. 
 
Las MODALIDADES de ayudas a conceder son las siguientes: 
 
* Necesidades básicas de alimentación, aseo personal e higiene doméstica
* Productos farmacéuticos, solo aquellos medicamentos no subvencionados o en la parte no subvencionada por el Sistema General de la Seguridad Social. 
* Suministros básicos de electricidad, agua y gas, que no estén recogidos en el Bono Social
* Gastos de sepelio que no estén cubiertos por póliza de seguros individual o colectivo.
* Otras necesidades no contempladas, cuando no sea posible cubrirlas por medios propios ni mediante otras ayudas públicas, siempre que esté debidamente motivado y justificado. 
 
La DURACIÓN del programa se establece durante seis meses desde la finalización del estado de alarma. 
 
Para cualquier información pueden dirigirse al Teléfono 955721720, pulsando la extensión 104 para contactar con los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción. 
 
Presención de solicitudes y documentación:

Telemática

La solicitud podrá ser presentada de forma telemática aportando la solicitud y documentación necesaria a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, para lo que se precisa disponer de certificado digital. 
 
Presencial

La solicitud y documentación podrá descargarse de la página web del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción y entregarse en el Registro del Ayuntamiento, en el plazo del 1 al 17 de junio de 2020, ambos inclusive, en horario de 9 a 14 horas. Para ello, se habilita dos días de recogida, lunes y miércoles, mediante cita previa en los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento. 
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR