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Programa de Incentivos a la Innovación y al Desarrollo Empresarial

Programa de Incentivos a la Innovación y al Desarrollo Empresarial
06/02/2012

 La nueva convocatoria establece objetivos prioritarios, el apoyo a las pymes y la creación y el mantenimiento del empleo

 

 

De este modo y dentro de las líneas de apoyo a la creación (gastos de constitución y primer establecimiento) y modernización de empresas, se crea una nueva categoría de proyecto incentivable, denominada de 'desarrollo empresarial' y diseñada para aquellas iniciativas de mayor impacto en la creación de empleo y en el fortalecimiento de la actividad económica de los territorios donde se desarrollan. Los proyectos empresariales encuadrados en esta categoría recibirán apoyo con análoga intensidad en cualquier zona de Andalucía.

Junto con las líneas de creación y modernización, la convocatoria incluye también otras dos dirigidas al fomento de la I+D+i y la cooperación empresarial. Dentro de estas últimas se reajustan los conceptos para incluir aquellos proyectos innovadores en productos, procesos y servicios, pero no necesariamente asociados a cambios tecnológicos, como hasta ahora. De este modo, las denominadas 'empresas de base innovadora' recibirán el mismo trato que las de base tecnológica.

En cuanto a la línea para el fomento de la cooperación empresarial para mejorar la competitividad, la Orden 2012-2013 introduce nuevas categorías de proyectos incentivables para fases previas de colaboración y para la adquisición e implantación conjunta de tecnologías de la información y la comunicación.

Sectores:

La convocatoria amplía al máximo permitido por la Unión Europea el número de los sectores económicos que son objeto de apoyo, para abarcar todas las ramas de actividad salvo aquellas excluidas por la normativa comunitaria (como la agraria, la construcción naval o el transporte).

Los tipos de incentivos se simplifican para centrarse en cuatro modalidades:
1-Reembolsables.
2-Directos en forma de subvenciones.
3-Préstamos participativos.
4-Bonificaciones del tipo de interés de créditos solicitados por las empresas.

Otra novedad de la convocatoria es la ampliación de las características que pueden contribuir a incrementar las ayudas a los proyectos. De este modo, se incorpora financiación adicional para aquellas iniciativas empresariales que asuman trabajadores procedentes de empresas en situación de crisis; acrediten acciones en materia de responsabilidad social corporativa; presenten planes de igualdad entre hombres y mujeres, e incorporen compra pública innovadora.

La nueva regulación se completa, finalmente, con la obligatoriedad de la tramitación electrónica en todo el proceso de solicitud y concesión.


Plazo de presentación de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía:
Hasta 30 de junio de 2013.   



*Quedan excluidas expresamente las sociedades civiles y las comunidades de bienes (art 4.4 de la Orden reguladora).
*Los proyectos no podrán iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.
*Las inversiones que se realicen mediante fórmulas de pago aplazado o de arrendamiento financiero, únicamente podrán ser subvencionables si en el momento de presentar la solicitud, el solicitante asume la obligación de comprar los activos dentro del plazo previsto para la ejecución del proyecto y el cumplimiento de las obligaciones que establezca la resolución. (art 6.10 de la Orden reguladora).

Más información: Nueva Orden de Incentivos a la Innovación y el Desarrollo Empresarial 2012-2013

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